Skip to main content
Los envíos de bienes desde la península o Baleares a Canarias, Ceuta y Melilla van exentos de IVA, siempre que los bienes salgan efectivamente hacia el territorio y conserves la prueba del envío. Lo inferimos de los datos del pedido: cuando uno de estos pedidos llega desde tu tienda con IVA peninsular, lo detectamos y te avisamos en lugar de facturarlo con ese IVA. Tú eliges qué hacemos a partir de ahí: retener el pedido para que revises tu tienda, o facturarlo como exento por el total que ya cobraste. Llamamos IVA peninsular a los tipos vigentes del IVA español (21%, 10% y 4%), que se aplican en la península y Baleares pero no en estos tres territorios.

Por qué estos envíos van exentos de IVA

Canarias, Ceuta y Melilla quedan fuera del territorio de aplicación del IVA. Cuando envías bienes desde la península o Baleares a uno de estos territorios, la operación es una exportación exenta y tu factura no lleva IVA. En la factura que emitimos, esas líneas se declaran como exportación exenta. La exención no depende solo del destino: exige que los bienes salgan efectivamente del territorio de aplicación del IVA y que conserves la justificación documental de esa salida. Emitimos la factura a partir de los datos del pedido, no comprobamos el envío. Guarda la documentación que acredite la expedición, porque es tuya la carga de la prueba ante la Agencia Tributaria. En destino se liquida el impuesto propio del territorio: el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) en Canarias, o el IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación) en Ceuta y Melilla. Ese impuesto no forma parte de tu factura. Quién lo paga materialmente depende de las condiciones de envío que hayas pactado: lo habitual es que lo liquide el destinatario al recibir la mercancía, pero si envías con aranceles e impuestos pagados en origen, tu transportista puede repercutírtelo a ti. Los gastos de envío siguen por regla general el tratamiento de los bienes que transportan: si la entrega está exenta, el transporte que la acompaña también. Esto se aplica a envíos de bienes. Las líneas de servicios no entran en este tratamiento automático, porque el lugar de tributación de un servicio no se decide por el destino del envío. Para decidir si un pedido entra en este caso miramos dos cosas: el código postal de destino (35xxx y 38xxx para Canarias, 51xxx para Ceuta, 52xxx para Melilla) y la dirección fiscal de tu empresa, porque el tratamiento cambia si tu empresa está establecida en uno de esos territorios.

Por qué tu tienda cobra IVA peninsular en estos envíos

Algunas plataformas de comercio electrónico tratan estos territorios como una provincia más dentro de España y aplican el IVA español a sus envíos. Según la plataforma y el plan que tengas, puede que no encuentres una forma nativa de configurarlos aparte. Merece la pena comprobarlo antes que nada: si tu tienda permite dejar estos envíos sin IVA, configurarlo así es la solución de fondo, porque tu cliente deja de pagar un importe que no corresponde. Si tu plataforma no lo permite, la opción de facturación de la sección siguiente te deja emitir facturas correctas sin cambiar la tienda.

Cómo facturamos estos envíos

Elige la opción en Configuración > Datos de facturación, en la tarjeta Perfil fiscal, bajo la pregunta ¿Cómo procedemos con los envíos a Canarias, Ceuta y Melilla que llegan con IVA peninsular?. También puedes elegirla sin salir del pedido: en la alerta de un pedido retenido que todavía no tiene factura, pulsa Indicar cómo proceder. Allí encontrarás además una tercera opción, que solo afecta a ese pedido. Tu elección se aplica a todas tus tiendas conectadas.

Retener cada pedido y avisarme

Es la opción por defecto. No emitimos factura: mostramos una alerta en la ficha del pedido, te avisamos por email y el pedido sigue apareciendo entre tus pedidos pendientes hasta que lo resuelvas. Es la opción adecuada mientras estés revisando los impuestos de tu tienda. Si la venta es real y quieres darla por gestionada sin facturarla desde aquí, pulsa Ignorar este pedido en la alerta. Encontrarás el detalle en Ignorar un pedido.

Facturar como exentos todos estos envíos

Emitimos la factura sumando el IVA que cobró tu tienda a la base de las líneas enviadas al territorio, que pasan a declararse como exportación exenta. Las demás líneas del pedido, por ejemplo un servicio, mantienen el impuesto con el que llegaron. Por ejemplo, un pedido de 35,90 € que tu tienda cobró con un 10% de IVA incluido: Se factura así: La factura recoge los 35,90 € que cobraste. Lo que cambia es el reparto entre base e impuesto: al estar la operación exenta, no hay cuota de IVA que declarar, y el importe íntegro pasa a base exenta. Emitir la factura así no devuelve dinero a tu cliente ni genera por sí solo una devolución. Si decides devolverle la diferencia, hazlo como un reembolso en tu tienda: lo recogeremos y emitiremos la rectificativa correspondiente. Si tienes dudas sobre si procede devolverla en tu caso, consúltalo con tu asesoría. Esta opción corrige la factura, no la tienda. Si tu tienda sigue cobrando IVA peninsular en estos envíos, seguirá haciéndolo. Los pedidos facturados así llevan una nota informativa en su ficha para que puedas revisarlo. No requiere ninguna acción.

Facturar solo un pedido, sin cambiar la configuración

En la alerta de un pedido retenido, pulsa Indicar cómo proceder y elige Facturar solo este pedido como exento. Emitimos su factura con el mismo criterio descrito en Facturar como exentos todos estos envíos. Solo afecta a ese pedido: los demás siguen retenidos y la configuración de tu cuenta no cambia. Si más adelante reembolsas o corriges ese pedido, mantenemos el criterio con el que se emitió su factura.

Cambiar de opción más adelante

Puedes cambiar de opción cuando quieras desde Configuración > Datos de facturación. Al activar Facturar como exentos todos estos envíos, volvemos a procesar los pedidos que siguen retenidos por este motivo, sin límite de antigüedad. Cada uno se factura si no le queda ningún otro impedimento. Un pedido puede seguir retenido por otro motivo distinto, y en ese caso te lo indicamos en su propia alerta. Si guardas otra vez la misma opción, volvemos a intentarlo con los que sigan pendientes. Quedan fuera los pedidos cuyos impuestos son ambiguos: si ya intentamos facturarlos como exentos y aun así siguieron retenidos, volver a guardar la opción no los desbloquea. Su alerta te lo indica. Para facturarlos, corrige los impuestos en tu tienda. Los pedidos que diste por gestionados con Ignorar este pedido no se reprocesan: al ignorarlos dejan de estar retenidos y quedan bloqueados para nuevas facturas, así que activar esta opción no emite facturas para ellos. Esa decisión no se deshace desde la ficha del pedido. Si necesitas facturar uno, emítelo como factura suelta. Las facturas ya emitidas no cambian. Si vuelves a Retener cada pedido y avisarme, dejamos de facturar automáticamente estos envíos a partir de ese momento. Los pedidos ya facturados se quedan como están.

Si reembolsas o corriges un pedido facturado como exento

Las rectificativas reproducen el criterio con el que se emitió la factura original, aunque hayas cambiado de opción entretanto. Cada línea mantiene el tratamiento con el que se facturó. Si reembolsas una línea que se facturó exenta, su rectificativa sale exenta, por el importe que devuelves al cliente. Si el pedido incluía además líneas que no se facturaron exentas, por ejemplo un servicio con IVA español, al reembolsar esas líneas la rectificativa lleva su IVA. No todas las rectificativas de un pedido facturado como exento son exentas: depende de qué línea reembolses. Una rectificativa corrige una factura concreta, así que se emite con el mismo criterio que esa factura. Puedes consultar cómo funcionan en Facturas rectificativas.

Si tu empresa está en Canarias, Ceuta o Melilla

Todo lo anterior describe envíos que salen de la península o Baleares hacia uno de estos territorios. Si tu empresa está establecida en Canarias, Ceuta o Melilla, tus ventas dentro de tu propio territorio no son exportaciones: llevan IGIC o IPSI, no IVA. Por eso miramos también tu dirección fiscal. Revisa que sea correcta en Configuración > Datos de facturación. Con la dirección bien puesta, tus ventas dentro de tu territorio se facturan con el impuesto que llega en el pedido (IGIC o IPSI) y no te avisamos por este motivo. Nada de esta página se aplica a ellas. Como en el resto de la página, trabajamos con los datos del pedido: qué impuesto corresponde a cada venta en tu territorio lo determina tu asesoría, no nosotros.